Decreto de modificación de la composición del Consejo Diocesano de Pastoral
CASIMIRO LÓPEZ LLORENTE,
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA,
OBISPO DE SEGORBE-CASTELLÓN
Con fecha 22 de marzo de 2010 aprobamos y promulgamos los Estatutos revisados del Consejo Diocesano de Pastoral, la “forma institucional que expresa la participación de todos los fieles, de cualquier estado canónico, en la misión de la Iglesia” (Directorio para el ministerio pastoral de los Obispos “Apostolorum sucesores” de 22 de febrero de 2004, de la Congregación para los Obispos n. 184).
Vista la experiencia del funcionamiento de este Consejo en estos diez últimos años y la realidad actual de nuestra Iglesia diocesana, hemos considerado oportuno modificar la composición del mismo, establecida en el artículo 5 de dichos Estatutos, con el deseo de favorecer una mejor representación de todos los fieles en la vida y misión de nuestra Iglesia diocesana.
Habiendo consultado al Consejo Episcopal, al Consejo Presbiteral Diocesano y al Consejo Diocesano de Pastoral, en virtud de lo establecido en el derecho universal de la Iglesia y de la facultad que él mismo me confiere (cf. cc. 511-514 CIC), por el presente decreto,
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