POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA,
OBISPO DE SEGORBE-CASTELLÓN
Por el presente y a tenor de la normativa eclesial anuncio que el próximo día 24 de Mayo de 2009, Solemnidad de la Ascensión del Señor, a las 19:00 de la tarde conferiré, D.m., en nuestra Santa Iglesia Catedral-Basílica de Segorbe el sagrado Orden del Presbiterado a aquellos candidatos, que reuniendo las condiciones de la normativa canónica y, después de haber cursado y superado los estudios eclesiásticos y haberse preparado humana y espiritualmente bajo la orientación y guía de sus formadores y la autoridad del Obispo, aspiren a la recepción de este Sacramento del Presbiterado.
Dichos candidatos deberán dirigir a su correspondiente Rector del Seminario Diocesano la solicitud de recibir dicho Orden, acompañada de la documentación pertinente en cada caso, de conformidad con lo que establece el can. 1050 del CIC, a fin de comenzar en los plazos determinados por el derecho de la Iglesia las encuestas y, una vez realizadas las proclamas en las parroquias de origen y domicilio actual, otorgar, si procede, la autorización necesaria para que puedan recibir el sagrado Orden del Presbiterado.
El Sr. Rector me presentará, con la debida antelación, los informes recabados, y, una vez concluido el proceso informativo trasladará a nuestra Cancillería antes de la fecha de la administración del Sagrado Orden toda la documentación correspondiente a los efectos pertinentes.
Publíquese en el Boletín Oficial de este Obispado y envíese copia al citado Sr. Rector para su público e inmediato conocimiento.
Dado en Castellón de la Plana, a siete de abril de dos mil nueve.
CASIMIRO LÓPEZ LLORENTE
POR LA GRACIA DE DIOS DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA,
OBISPO DE SEGORBE-CASTELLÓN
La celebración de las exequias de un fiel cristiano no es un asunto particular de los familiares y allegados del difunto, ni un mero acontecimiento social, sino de toda la comunidad cristiana con un marcado carácter pascual, en que expresa y celebra la fe y la esperanza en la resurrección. Las exequias son una celebración litúrgica de la Iglesia, y como tal han de ser cuidadas pastoralmente y celebradas conforme a las normas litúrgicas y canónicas de la Iglesia. Leer más
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA,
OBISPO DE SEGORBE-CASTELLÓN
La financiación de nuestra Iglesia diocesana ha descansado y descansa fundamentalmente en las aportaciones que, por un camino u otro, hacen los fieles, quienes tienen el deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades de modo que disponga de lo necesario para el culto divino, las obras de apostolado y de caridad y el conveniente sustentos de sus ministros (c. 222 § 1 CIC). Entre las formas de colaboración de los fieles a la financiación de nuestra Iglesia diocesana se encuentran la denominada ‘cuota concertada’ de las parroquias y las cuotas periódicas de los fieles.
La cuota concertada, con una larga tradición en nuestra Diócesis, representa una parte muy importante de sus ingresos y es imprescindible para su financiación. En su origen se configuró como una cantidad fija que las parroquias, en atención a diversos criterios como población y capacidad económica de sus feligreses, aportaban periódicamente a la Diócesis para atender gastos e inversiones diocesanas. Desde su establecimiento no ha existido un proceso generalizado y reglado de ajuste, aunque se han producido cambios importantes en la demografía y en la capacidad económica de los fieles. En concreto, la cuota concertada no ha sufrido variación en ningún caso desde el año 2005, si bien han aumentado los gastos corrientes y las cargas financieras de la Diócesis debido fundamentalmente a la inflación y a la subida de los tipos de interés. Todo ello obliga a mantener la cuota concertada y a ajustarla teniendo en cuenta las variantes demográficas de las parroquias y la capacidad económica de los fieles, así como la inflación anual, que se vaya produciendo.
De otro lado, desde hace algunos años y en el marco del nuevo sistema de financiación de la Iglesia, existe la posibilidad de colaborar económicamente a la financiación de nuestra Iglesia diocesana mediante las cuotas periódicas, normalmente mediante domiciliación bancaria, por las que los fieles se comprometen a colaborar habitualmente con la Iglesia. Hasta ahora, estas cuotas unas veces se han hecho a favor de la parroquia y otras a favor de la Iglesia diocesana. Este modo de ayudar a la financiación de la Iglesia ha de ser promovido por todos, especialmente por los párrocos y la administración diocesana así como los consejos parroquiales y diocesano de asuntos económicos. Para superar la dicotomía entre parroquias y diócesis y fomentar el espíritu de comunión y de intercomunicación de bienes se ha de buscar la financiación de la Iglesia diocesana en su conjunto, integrada por parroquias y otros organismos y servicios. A ello se orienta la campaña que nuestra Diócesis junto con el resto de las Diócesis de España han iniciado en el año 2007 a través de la Conferencia Episcopal Española. A la hora del destino de las cuotas hay que tener en cuenta el medio más adecuado para su potenciación, la intercomunicación de bienes y su justo reparto así como los costes de la campaña.
Por todo ello, una vez consultados el Consejo Presbiteral Diocesano y, a través de él, todo el presbiterio diocesano, así como el Consejo Diocesano de Asuntos Económicos y el Consejo Episcopal, por el presente
DISPONGO:
Cuota concertada de las parroquias
Se mantiene el sistema de cuota concertada de las parroquias, entendiendo por tal la cantidad fija anual que cada parroquia habrá de abonar a la Iglesia diocesana.
Todas las parroquias están obligadas a la aportación de la cuota concertada.
La cuota concertada anual de cada parroquia será fijada para cada año por los Arciprestazgos en la reunión de los sacerdotes de los mismos, dado que por su proximidad conocen mejor los cambios demográficos y económicos de las parroquias. Esta reunión tendrá que celebrarse una vez recibida la comunicación del Ecónomo Diocesano, a que se refiere el número siguiente, y, en todo caso, antes del 14 de diciembre de cada año.
Para fijar la cuota de cada parroquia se partirá de la cantidad total que han de aportar las parroquias integrantes del Arciprestazgo respectivo aumentada en el IPC anual referido al periodo de los 12 meses inmediatamente anteriores al 31 de octubre de cada año. En el caso hipotético de que el IPC fuese negativo no se producirá variación alguna en la cuota concertada. El Ecónomo Diocesano enviará con suficiente antelación a cada Arcipreste la cantidad global que para cada año deberán aportar las parroquias del Arciprestazgo y las cantidades que aportaba cada parroquia.
Una vez fijada la cuota concertada para cada parroquia, el Arcipreste comunicará por escrito al Ecónomo Diocesano la cantidad que corresponde a cada parroquia, y todo ello antes del día 15 de diciembre de cada año. Transcurrida dicha fecha, sin haber remitido la nueva redistribución, se considerará, a todos los efectos, como aprobada y definitiva, la propuesta formulada por la Administración Diocesana.
El abono de la cuota concertada anual será fraccionado en cuatro partes; el ingreso de la cantidad fraccionada se hará trimestralmente antes del último día hábil de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre.
Disposición transitoria: La cuota concertada para el presente año 2009 se fijará según el procedimiento establecido en la presente, en los meses de enero y febrero. La comunicación escrita del Arcipreste al Ecónomo Diocesano deberá hacerse antes del 28 de febrero de este año.
Cuotas periódicas de los fieles
Un medio reciente de cumplir los fieles con su deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades son las cuotas periódicas, normalmente mediante la domiciliación bancaria. Es tarea de los pastores y responsables en la economía parroquial y diocesana sensibilizar a los fieles de este medio de colaboración con la financiación de la Iglesia. Se recuerda que estas cuotas son donativos, que desgravan fiscalmente mediante certificado expedido por la parroquia o por la administración diocesana.
Las cuotas periódicas de los fieles han de servir a la financiación de la Iglesia diocesana en sus parroquias, entidades y organismos, favoreciendo la intercomunicación de bienes en la Iglesia mediante una justa y equitativa distribución de los mismos.
Las cuotas periódicas que se establezcan a partir de la entrada en vigor del presente decreto se denominarán en nuestra Diócesis siempre “Cuotas para la financiación de la Iglesia Católica”. Podrán hacerse directamente en la Administración diocesana o en las Parroquias.
Las parroquias que gestionen las cuotas periódicas de fieles podrán destinar un 25% de su importe a la misma parroquia; el restante 75% se trasladará a la Iglesia Diocesana.
Los párrocos y los asimilados a ellos en derecho ingresarán trimestralmente en Administración diocesana la parte que corresponda a la Diócesis.
Las cantidades correspondientes a las cuotas periódicas de los fieles que se liquiden a la administración diocesana no podrán ser detraídas en ningún caso de las cuotas concertadas de las Parroquias.
Disposición transitoria: El presente Decreto se aplicará en su integridad a las ‘Cuotas para la financiación de la Iglesia Católica’ o como se hayan denominado, que las parroquias hubiesen conseguido para si mismas, bien tramitadas por ellas, o bien que directamente hubiesen llegado a la Administración Diocesana con la finalidad concreta de ir destinada a alguna Parroquia, desde el día 1 de octubre de 2007 hasta la fecha de entrada en vigor este Decreto.
El presente decreto entrará en vigor en el día de su fecha. Comuníquese a todos los interesados y publíquese en el Boletín Oficial del Obispado.
Ruego a todos encarecidamente la aplicación de las disposiciones presentes con el fin de proceder a la financiación de nuestra Iglesia diocesana y a la justa y equitativa intercomunicación de bienes.
Dado en Castellón de la Plana, a siete de enero de dos mil nueve, Festividad de San Raimundo de Peñafort.
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA,
OBISPO DE SEGORBE-CASTELLÓN
Por el presente y a tenor de la normativa eclesial anuncio que el próximo día 12 de Octubre de 2008, Festividad de Nuestra Señora del Pilar, a las 18:00 de la tarde administraré, D.m., en nuestra Santa Iglesia Catedral Basílica de Segorbe el sagrado Orden del Diaconado a aquellos candidatos, que reuniendo las condiciones de la normativa canónica y, después de haber cursado y superado los estudios eclesiásticos y haberse preparado humana y espiritualmente bajo la orientación y guía de sus formadores y la autoridad del Obispo, aspiren a la recepción del Diaconado.
Dichos candidatos deberán dirigir al Sr. Rector de su respectivo Seminario Mayor Diocesano, ‘Mater Dei’ o ‘Redemptoris Mater’, la correspondiente solicitud, acompañada de la documentación pertinente en cada caso, de conformidad con lo que establece el can. 1050 del CIC, a fin de comenzar en los plazos determinados por el derecho de la Iglesia las encuestas y, una vez realizadas las proclamas en las parroquias de origen y domicilio actual, otorgar, si procede, la autorización necesaria para que puedan recibir el sagrado Orden del Diaconado.
El respectivo Sr. Rector me presentará, al menos un mes antes de la citada fecha, los informes recabados, y, una vez concluido el proceso informativo trasladará a nuestra Cancillería con suficiente antelación a la fecha de la administración del Sagrado Orden toda la documentación correspondiente a los efectos pertinentes.
Publíquese en el Boletín Oficial de este Obispado y envíese copia a los Sres. Rectores para su público e inmediato conocimiento.
Dado en Castellón de la Plana, a doce de junio de dos mil ocho.
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA,
OBISPO DE SEGORBE-CASTELLÓN
Por el presente y a tenor de la normativa eclesial anuncio que el próximo día 5 de Julio de 2008 a las 11:00 de la mañana conferiré, D.m., en nuestra Santa Iglesia Concatedral de Santa María en Castellón de la Plana el sagrado Orden del Presbiterado a aquellos candidatos, que reuniendo las condiciones de la normativa canónica y, después de haber cursado y superado los estudios eclesiásticos y haberse preparado humana y espiritualmente bajo la orientación y guía de sus formadores y la autoridad del Obispo, aspiren a la recepción de este Sacramento del Presbiterado.
Dichos candidatos deberán dirigir al Sr. Rector de nuestro Seminario Mayor Diocesano ‘Mater Dei’ la correspondiente solicitud, acompañada de la documentación pertinente en cada caso, de conformidad con lo que establece el can. 1050 del CIC, a fin de comenzar en los plazos determinados por el derecho de la Iglesia las encuestas y, una vez realizadas las proclamas en las parroquias de origen y domicilio actual, otorgar, si procede, la autorización necesaria para que puedan recibir el sagrado Orden del Presbiterado.
El citado Sr. Rector me presentará, un mes antes de la citada fecha, los informes recabados, y, una vez concluido el proceso informativo trasladará a nuestra Cancillería con suficiente antelación a la fecha de la administración del Sagrado Orden toda la documentación correspondiente a los efectos pertinentes.
Publíquese en el Boletín Oficial de este Obispado y envíese copia al citado Sr. Rector para su público e inmediato conocimiento.
Dado en Castellón de la Plana, a tres de abril de dos mil ocho.
Queridos fieles de las parroquias del Arciprestazo de Villareal:
Con alegría y esperanza quiero anunciaros y proclamar la celebración de un Año Jubilar mariano en este Arciprestazgo de Villareal. Da comienzo en el día de hoy, 1 de septiembre del Año del Señor de 2006 y se clausurará el día 23 del mismo mes de 2007, año de la celebración del 250 Aniversario del llamado “Vot perpetuo del Poble” en 1757.
Para reconocer las innumerables gracias recibidas del cielo por intercesión de la Virgen de Gracia en calamidades, pestes y sequía, el Clero de la Arciprestal y el Ayuntamiento de la Ciudad acordaron y proclamaron que la imagen de la “Mare de Déu de Gracia” sería trasladada desde su ermita hasta la Vila anualmente cada viernes anterior al 1er domingo de septiembre. Así se ha venido cumpliendo año tras año y generación tras generación.
Para conmemorar como se merece esta efemérides hemos solicitado de la Santa Sede:
1º. La declaración canónica de Nuestra Señora la Virgen de Gracia “patrona de Villarreal”, Ciudad y su término municipal.
2º. La Coronación canónica de su imagen el domingo 2 de septiembre de 2007.
3º. La gracia de Indulgencias Especiales del domingo 2 de septiembre al domingo 23 de 2007.
Yo, por mi parte, y en uso de las facultades que me confiere el derecho y en atención al privilegio que posee esta Iglesia Arciprestal de Villareal, concedo indulgencia parcial en las condiciones acostumbradas a quienes visiten y oren ante la imagen de la ‘Mare de Deu de Gracia” en esta Iglesia Arciprestal.
No se trata tan sólo de avivar la memoria de un acontecimiento gozoso, que es además historia viva; sino ante todo de aprovechar este recuerdo para convertirnos de manos de María más profundamente al Señor e intensificar la vida cristiana de cuantos integran este Arciprestazgo de la ‘Mare de Deu de Gracia’ de Villareal. Maria, la mediadora de la Gracia, si celebramos con fe y devoción este 250 Aniversario, nos ayudará a tomar conciencia de que el tiempo de los hombres es ámbito y epifanía de la presencia y de la acción de Dios en nuestra vida.
Todo jubileo es un tiempo de gozosa alabanza y acción de gracias a Dios; es un tiempo especial, que Dios nos otorga, para situar la trayectoria de nuestra existencia y de nuestro pueblo dentro de la Historia de la salvación; y para contemplar el tiempo como una oportunidad abierta a la bondad de Dios y a su amor a la humanidad (cf. Tit 3,4). Cuando se revive el pasado, adquiere sentido el presente y se cobran fuerzas para el futuro.
Este Año Jubilar Mariano debería ser, por tanto, un tiempo dedicado a Dios de manos de María, la ‘Mare de Deu de Gracia”; es decir, un año santificado por las celebraciones litúrgicas y por los actos de la piedad mariana, por la práctica de la fe, de la esperanza y de la caridad, y por la justicia social. Nuestro Salvador, en la sinagoga de Nazaret, hizo suyas las palabras del profeta Isaías alusivas al año de gracia del Señor (cf. Lc 4,18-21). Si bien en esta etapa final de la Historia de la salvación vivimos en un permanente año de gracia, porque el Señor está siempre con nosotros (cf. Mt 28,20), todo jubileo contribuye a activar en los creyentes y en la comunidad cristiana la necesidad del perdón de los pecados y de las penas debidas por ellos. Ya en la tradición bíblica, los jubileos son tiempos de liberación y de reconciliación (cf. Lv 25,1-28; Dt 15,1-6), de búsqueda del rostro de Dios (cf. Sal 27,8-9; 80,4.8.20; etc.); y, dentro ya en el ámbito cristiano, los jubileos son tiempos de penitencia sacramental y extrasacramental. Y se caracterizan por la concesión de indulgencias de un modo más generoso que en otras ocasiones. La Iglesia desea así llegar al mayor número posible de fieles para que se beneficien de esta gracia.
El Papa Juan Pablo II nos recordó que es preciso hacer de la santidad una urgencia pastoral, proponiendo a todos con convicción el “alto grado de la vida cristiana ordinaria” (NMI 30-31). De otro modo, nuestros programas pastorales carecerán de fundamento y de eficacia. Las comunidades parroquiales de este Arciprestazgo, los matrimonios y las familias cristianas, los sacerdotes, las personas consagradas, todos sin excepción, niños y jóvenes, ancianos y adultos, hemos de avanzar en esta dirección. Este Año jubilar mariano os ayudará a ello.
Con este fin, el Arciprestazgo ha organizado una serie de actos conmemorativos y de preparación a la Coronación canónica de la ‘Mare de Deu de Gracia’. Habremos de evitar caer en la tentación de convertirlos en actos oficiales o en festejos populares, más o menos ostentosos y concurridos, pero sin verdadero contenido religioso. Debe primar su autenticidad religiosa y de fe cristiana y mariana.
La auténtica piedad popular mariana, la que nace de la fe cristiana y se expresa con los modos sencillos y espontáneos del pueblo creyente, encierra un gran valor evangelizador. El pueblo creyente, con su sentido de la fe y de las cosas, percibe la presencia de Dios y de Jesucristo a través de la cercanía de la Santísima Virgen María, la ‘Mare de Deu de Gracia’; este mismo pueblo creyente busca, a la vez, la reconciliación con Dios, consigo mismo y con los demás mediante la purificación de las culpas, y la protección divina ante las propias debilidades del cuerpo y del espíritu para vivir con esperanza.
Al servicio de estos bienes debemos enfocar todas las actividades del Año Jubilar Mariano Arciprestal de la ‘Mare de Deu de Gracia’. ¡Que María y San Pascual Bailón nos ayuden con su intercesión!.
Villareal, 1 de septiembre de 2006, Día del Traslado de la Virgen de Gracia a la iglesia Arciprestal.
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