A vueltas con la Religión en la escuela (I)
Queridos diocesanas:
El Gobierno ha presentado en la Cortes el Proyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, la LOMCE. Por lo que toca a la asignatura de Religión, los cambios proyectados son los siguientes: la Religión figura en el cuerpo de la Ley en Primaria, Secundaria y Bachillerato; la Religión tendrá una alternativa: de ‘Valores Sociales y Cívicos’ en Primaria y de ‘Valores Éticos’ en Secundaria; pero no ocurre lo mismo en Bachillerato, en el que la Religión figura entre 12 asignaturas opcionales. En Primaria y Secundaria, la Religión y su alternativa serán de oferta obligada para los centros y de libre opción para los padres o, en su caso, los alumnos; no será así en Bachillerato, que se deja a la configuración de las Administraciones educativas y de los centros. Además, tanto la religión y la alternativa serán evaluables en los cursos, pero no contará para la evaluación final de cada etapa. En general se puede afirmar que la Religión recupera parcialmente el puesto y rango del que injustamente había sido privada.
A raíz de la presentación del Proyecto se escuchan muchas cosas acerca de y, sobre todo, en contra de la Religión en la escuela pública, que iré comentando en las próximas cartas.
En primer lugar, hay quienes aprovechan la ocasión para atacar la presencia misma de la Religión en la escuela y exigen que la Religión -y especialmente la católica-, sea suprimida. Esta exigencia tiene una clara motivación ideológica: es la voluntad de ir desalojando la Religión misma de todo ámbito público y, por tanto, también de la escuela. Para ello se apela a que el Estado español es aconfesional; este término no se entiende como religiosamente neutral, como pide la Constitución; se interpreta como ‘laico’ en el sentido de exclusión de lo religioso, lo que es contrario a la Constitución.
De otro lado, la exclusión de la Religión de la escuela lesionaría el derecho originario de los padres a la educación de sus hijos según sus convicciones religiosas, que está constitucionalmente reconocido y garantizado por la Constitución (art. 27.3) y, por supuesto, incumpliría el Acuerdo con la Santa Sede, que es la aplicación de derecho de los padres, reconocido por el Constitución, a la Religión y moral católica. La libre elección de la educación religiosa y moral conforme a sus creencias en la escuela es un derecho fundamental de los padres, que se deriva de su derecho originario a la educación de sus hijos y del libre ejercicio del derecho fundamental a la libertad religiosa. Estos derechos son reconocidos por el Estado y no son una concesión del mismo; son algo propio de los padres y previo al Estado y la Constitución. Un estado democrático y social al servicio de una sociedad plural, que no laica o laicista, ha de respetar y favorecer el ejercicio de los derechos y las libertades de los ciudadanos, poniendo los medios para que sea efectivo el libre ejercicio de los mismos. Además son los ciudadanos, también los católicos, quienes pagan con sus impuestos los medios educativos para que sus hijos obtengan la educación que ellos desean en una escuela plural.
La supresión de la Religión en la escuela privaría injustamente a padres y a alumnos de un derecho que les corresponde: alumnos y padres -y la escuela misma- serían los grandes perdedores; y perdería también el estado de derecho, ya que el legislador incumpliría la Constitución y Derecho internacional. Los próximos días continuaremos con otras cuestiones sobre la Religión en la escuela.
Con mi afecto y bendición,
+Casimiro López Llorente
Obispo de Segorbe-Castellón
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