El Obispo, D. Casimiro, designa Delegado diocesano de Protección de datos
Hoy miércoles 27 de enero, el Obispo, D. Casimiro López Llorente, mediante Decreto ha establecido el oficio de Delegado diocesano de Protección de datos en la Diócesis de Segorbe-Castellón, nombrando para ello a D. Ángel E. Cumbicos, Canciller-Secretario General del Obispado.
Garantía de la privacidad de los fieles
Tal y como explica, “el ordenamiento jurídico de la Iglesia católica reconoce el derecho de los fieles a la buena fama y a proteger su propia intimidad, bienes que considera del máximo valor y que forman parte del patrimonio natural y eclesial de las personas (cf. canon 220 CIC)”.
Aclara también que “las entidades de la Iglesia no se dedican, como las empresas comerciales, al tratamiento de datos a gran escala, si bien, en el legítimo desarrollo de algunas de sus actividades institucionales, procedan a la recogida y tratamiento de ciertos datos personales de los fieles y de otras personas que entran en relación con ellas”.
Marco Normativo
Además de las disposiciones del Código de Derecho Canónico, cabe referirse a los criterios aprobados en la XCVI Asamblea Plenaria de la CEE con el título “Orientaciones sobre inscripción de los ficheros de las diócesis y parroquias en el Registro general de Protección de datos”. En la Diócesis por decreto de 29 de diciembre de 2010 quedó regulado lo relativo a los libros sacramentales y archivos parroquiales. También la CXI Asamblea Plenaria de la CEE aprobó un Decreto General sobre la Protección de datos de la Iglesia católica en España.
Funciones del Delegado Diocesano
1. Velar por el cumplimiento de las disposiciones canónicas sobre la materia y garantizar que nada de lo que se realice resulte contrario a las normas vigentes en el ordenamiento español.
2. Autorizar en cada caso los procedimientos que los responsables y encargados de ficheros o de tratamiento de datos se propongan llevar a cabo.
3. Elaborar y mantener actualizado el registro de actividades de tratamiento de datos establecido en cada una de las entidades a las que se extiende su competencia.
4. Elaborar la evaluación del impacto de los diversos procesos de tratamiento de datos que se realicen en el ámbito de su competencia.
5. Procurar la formación específica en la materia de quienes se ocupen, en virtud de cualquier titulo, de manejar ficheros o desarrollar procedimientos de tratamiento de datos en el ámbito de su competencia.
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