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Listado de la etiqueta: decreto

Comisión diocesana para el Sostenimiento de la Iglesia

2 de abril de 2024/2 Comentarios/en Noticias destacadas, Decretos, Decretos 2024/por obsegorbecastellon

CASIMIRO LÓPEZ LLORENTE

POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SEDE APOSTÓLICA,

OBISPO DE SEGORBE.CASTELLÓN

Teniendo en cuenta la propuesta de la Conferencia Episcopal Española, a través del Secretariado para el Sostenimiento de la Iglesia, de crear una Comisión diocesana para el Sostenimiento de la Iglesia con el fin de sensibilizar a la comunidad cristiana católica sobre el sentido de la pertenencia a la Iglesia, la corresponsabilidad de todos los fieles cristianos católicos en la vida, misión y sostenimiento económico de la Iglesia, así como para promover campañas de información permanente sobre la Asignación Tributaria y el Día de la Iglesia Diocesana, y servir de vínculo de información, de cooperación y de trabajo entre las diócesis;

Considerando la necesidad de que nuestra Diócesis de Segorbe-Castellón disponga de un organismo que realice el citado trabajo de sensibilización con el objetivo de fomentar la corresponsabilidad como forma de vida y asumir la tarea de sostener la Iglesia diocesana no solo con recursos económicos, sino también con los dones y cualidades con que el Señor ha bendecido a cada fiel cristiano; consultado el Consejo Episcopal, en virtud de las facultades que me confiere el derecho (cc. 381 § 1; 391 § 1 CIC), por el presente,

DECRETO

la creación de la Comisión diocesana para el Sostenimiento de la Iglesia como grupo de trabajo para ofrecer ideas, sugerencias y caminos de renovación con el fin de afrontar las necesidades de la Iglesia diocesana.

Esta Comisión tiene los siguientes fines:

1. Fomentar en los fieles católicos el sentido de su pertenencia a la Iglesia diocesana y la corresponsabilidad de todos en su vida y misión. Se trata de promover en los fieles la participación en la vida y misión de la Iglesia para que pongan a su disposición su tiempo, sus talentos y su colaboración económica. Esto requiere formar en el sentido de agradecimiento para que cada uno sea consciente de los dones que ha recibido a través de la Iglesia. La corresponsabilidad es siempre respuesta a un don previo.

2. Diseñar un plan anual de acciones que favorezcan el fomento de la corresponsabilidad. Aunque ésta ha de impregnar todas las actividades eclesiales, debe contar con acciones específicas y momentos fuertes durante el año.

3. Facilitar que los fieles puedan colaborar y compartir su tiempo, sus talentos y sus recursos económicos. Para este fin, la Comisión deberá crear y mantener canales que permitan esa participación. Este trabajo deberá contemplar el diseño de un sistema para agradecer a los fieles sus colaboraciones.

4. Elaborar materiales propios acerca de la corresponsabilidad y el modo de ejercerla adaptados a la situación de la Diócesis. El punto de partida no deberá estar centrado en motivaciones económicas.

5. Alentar el compromiso y la implicación del clero en la consecución de los fines de la Comisión. A ello puede ayudar la celebración de eventos periódicos y la elaboración de un plan de formación que incluya también a los seminaristas.

6. Apoyar a las parroquias y otras entidades eclesiales en la celebración de campañas como el Día de la Iglesia Diocesana y de la Asignación tributaria a favor de la Iglesia en la Declaración de la Renta, sin menoscabo de la tarea que tiene encomendada la Comisión Permanente del Consejo Diocesano de Asuntos Económicos a tenor del art. 16,3 de sus Estatutos.

7. Animar a la comunicación cristiana de bienes entre los fieles, las parroquias, las entidades eclesiales y con la Iglesia diocesana y la Iglesia universal.

8. Potenciar las nuevas tecnologías y las fórmulas más adecuadas para recibir las donaciones económicas de los fieles y la comunicación con ellos.

9. Recoger sugerencias, identificar necesidades y dar respuesta a los retos.

10. Elaborar propuestas para el sostenimiento de la actividad pastoral de la Iglesia.

11. Crear espacios de encuentro, diálogo y acción tanto en la Curia diocesana como con otras entidades eclesiales para conocer cada realidad e impulsar el trabajo en equipo.

12. Mantener una relación fluida, como interlocutor autorizado, con los organismos  competentes de la Conferencia Episcopal Española, especialmente con el Secretariado para el Sostenimiento de la Iglesia.

            Esta Comisión está formada por los siguientes miembros:

– El Vicario General, como su presidente.

– El Ecónomo diocesano.

– El Delegado Diocesano para los Medios de Comunicación Social.

– El Canciller-Secretario General, como secretario.

– Un miembro seglar del Consejo Diocesano de Asuntos Económicos.

– El Director de Cáritas Diocesana.

– Un sacerdote párroco sensible a los fines citados.

– Uno o dos expertos en marketing o alguna de las dimensiones del Sostenimiento de la Iglesia, en la medida de lo posible.  

           

Publíquese el presente en el Boletín Oficial y en la página Web del Obispado.

Dado en Castellón de la Plana, a 2 de abril de 2024.

+Casimiro López Llorente

Obispo de Segorbe-Castellón 

Ante mí,

Ángel E, Cumbicos Ortega

Canciller-Secretario General

Puedes leer el Decreto de nombramiento de los miembros de la Comisión diocesana para el Sostenimiento de la Iglesia AQUÍ

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El Obispo D. Casimiro promulga un decreto con motivo de la Fiesta de San Vicente Ferrer

21 de marzo de 2024/0 Comentarios/en Noticias/por obsegorbecastellon

Nuestro Obispo D. Casimiro ha promulgado un decreto con motivo de la celebración de la fiesta de San Vicente Ferrer, patrono de la Comunidad Valenciana, que tradicionalmente se celebra en varias parroquias y localidades de la Diócesis el lunes posterior al segundo domingo de Pascua, este año el lunes día 8 de abril.

Sin embargo, en esta ocasión “la solemnidad de la Anunciación del Señor, al coincidir este año con el Lunes Santo, se traslada para la Iglesia universal al lunes posterior al segundo domingo de Pascua”, también el día 8 de abril.

Por ello, y en atención “a la acendrada devoción” de dichas parroquias o localidades al santo valenciano, el Obispo dispone que en ellas “se pueda celebrar dicha Fiesta también este año el día 8 de abril”, aunque deberán celebrar la solemnidad de la Anunciación del Señor el día 9 de abril.

Y en el resto de parroquias y municipios de la Diócesis se celebrará la solemnidad de la Anunciación del Señor el lunes día 8 de abril.

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Celebración de la Fiesta de San Vicente Ferrer

21 de marzo de 2024/0 Comentarios/en Noticias destacadas, Decretos, Decretos 2024/por obsegorbecastellon

CASIMIRO LÓPEZ LLORENTE,

POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA.

OBISPO DE SEGORBE-CASTELLÓN

La solemnidad de la Anunciación del Señor, al coincidir este año con el Lunes Santo, se traslada para la Iglesia universal al lunes posterior al segundo domingo de Pascua, el día 8 de abril (cf. Normas universales del Año Litúrgico, n. 60). Sin embargo varias parroquias y localidades de nuestra Diócesis celebran tradicionalmente la Fiesta de San Vicente Ferrer también el lunes posterior al segundo domingo de Pascua.

En atención a la acendrada devoción de dichas parroquias o localidades a San Vicente Ferrer y que tradicionalmente celebraran su Fiesta el lunes posterior al segundo domingo de Pascua, en virtud de las facultades que nos otorga el canon 1244 § 2 del Código de Derecho Canónico, por el presente

DISPONGO

1°. Que en las parroquias y localidades en las que tradicionalmente se celebra la Fiesta de San Vicente Ferrer el lunes posterior al segundo domingo de Pascua, bien porque sea el titular de la parroquia o bien por la devoción que profesan al Santo, se pueda celebrar dicha Fiesta también este año el día 8 de abril. En las mismas deberá celebrarse la solemnidad de la Anunciación del Señor, el martes siguiente, el día 9 de abril:

2°. En el resto de la Diócesis se celebrará la solemnidad de la Anunciación del Señor, el lunes siguiente al segundo domingo de Pascua, el día 8 de abril.

Publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Obispado para su público conocimiento.

Dado en Castellón de la Plana, a veinte de marzo de dos mil veinticuatro.

+ Casimiro López Llorente

Obispo de Segorbe-Castellón

Doy fe,

Ángel E. Cumbicos Ortega

Canciller-Secretario General

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Convocatoria de Sagradas Órdenes al Presbiterado

15 de marzo de 2024/1 Comentario/en Decretos, Decretos 2024, Noticias destacadas/por obsegorbecastellon

CASIMIRO LÓPEZ LLORENTE,

POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA,

OBISPO DE SEGORBE-CASTELLÓN

Por el presente y a tenor de la normativa eclesial anuncio que el próximo día 22 de junio de 2024, a las 11:00 horas, administraré en nuestra Santa Iglesia Concatedral de Santa María de Castellón de la Plana el sagrado Orden del Presbiterado a aquellos candidatos, que, reuniendo las condiciones de la normativa canónica, habiendo cursado y superado los estudios eclesiásticos así como habiéndose preparado humana y espiritualmente bajo la orientación y guía de sus formadores y la autoridad del Obispo, aspiren a la recepción del Presbiterado.

Los aspirantes deberán dirigir al Sr. Rector del Seminario Diocesano respectivo, la correspondiente solicitud, acompañada de la documentación pertinente en cada caso, de conformidad con lo que establece el can. 1050 del CIC, a fin de comenzar los informes y, una vez realizadas las proclamas en las parroquias de origen y domicilio actual, otorgar, si procede, la autorización necesaria para que puedan recibir el sagrado Orden del Presbiterado.

El Sr. Rector respectivo me presentará, al menos un mes antes de la citada fecha, los informes recabados, y, una vez concluido el proceso informativo, trasladará a nuestra Cancillería toda la documentación establecida en nuestra Diócesis a los efectos pertinentes y para su conservación en el Archivo de nuestra Curia diocesana.

Publíquese este Decreto en el Boletín Oficial de este Obispado y los medios acostumbrados, y envíese copia a los Sres. Rectores para su público e inmediato conocimiento.

Dado en Castellón de la Plana, a catorce de marzo del Año del Señor de dos mil veinticuatro.

+ Casimiro López Llorente

Obispo de Segorbe-Castellón

Doy fe

Ángel E. Cumbicos Ortega Canciller-Secretario General

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Decreto: Protocolo de Prevención y Actuación frente a Abusos Sexuales a Menores y Personas Equiparadas Legalmente

19 de octubre de 2023/1 Comentario/en Noticias destacadas, Decretos, Decretos 2023/por obsegorbecastellon

Decreto de aprobación y promulgación del Protocolo de Prevención y Actuación frente a Abusos Sexuales a Menores y Personas Equiparadas Legalmente

CASIMIRO LÓPEZ LLORENTE,

POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA,

OBISPO DE SEGORBE-CASTELLÓN

Considerando que el papa Francisco en su Carta Apostólica en forma de motu proprio Vos estis lux mundi, promulgada el 25 de marzo de 2023 y en vigor a partir del 30 de abril de este año, por la que modifica y actualiza la Carta Apostólica del mismo título, de fecha 7 de mayo de 2019 sobre las medidas concretas de protección de menores y adultos equiparables legalmente, ha recordado a los Obispos, como sucesores de los Apóstoles, que tienen una importante responsabilidad en esta materia y ha dado normas concretas para ejercerla.

Considerando que la Conferencia Episcopal Española ha aprobado un Protocolo marco de prevención y actuación en caso de abusos a menores y equiparables legalmente, alentando a elaborar Protocolos de prevención y actuación en el ámbito de cada Iglesia diocesana.

Habiendo consultado al Consejo Episcopal y al Consejo Presbiteral; por el presente

DECRETO

1º. Apruebo el texto del Protocolo de Prevención y Actuación ante abusos sexuales a menores y personas equiparables legalmente, que adjunto a este Decreto como anexo, debiendo ser revisado y actualizado cuando la normativa jurídica canónica y/o estatal lo requiera.

2º. En orden a su promulgación y divulgación, publíquese en el Boletín Oficial del Obispado de Segorbe-Castellón. Además, establezco que se ponga en la web de la Diócesis y en el portal de transparencia para su divulgación y conocimiento, y para su mejor cumplimiento en todas las Delegaciones, Parroquias, Asociaciones canónicas, Movimientos eclesiales e Instituciones educativas eclesiales en el territorio diocesano, así como en todas las actividades pastorales y educativas diocesanas que impliquen el trato con menores y/o personas equiparadas legalmente. Entrará en vigor el 17 de noviembre de 2023.

Dado en Castellón de la Plana, a 17 de octubre de 2023.

+ Casimiro López Llorente

Obispo de Segorbe-Castellón

Por mandato de S.E.R.

Ángel E. Cumbicos Ortega

Canciller-Secretario General

Puedes consultar AQUÍ el «PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN ANTES ABUSOS SEXUALES A MENORES Y PERSONAS EQUIPARABLES LEGALMENTE»

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El Obispo, D. Casimiro, promulga un decreto por el Año Jubilar del Lledó

9 de mayo de 2023/0 Comentarios/en Noticias, Año Jubilar del Lledó/por obsegorbecastellon

El Obispo de la Diócesis de Segorbe-Castellón, D. Casimiro López Llorente, ha promulgado un decreto con ocasión del Centenario de la Coronación pontificia de la imagen de Santa María del Lledó, Patrona de la ciudad de Castelló. Con motivo de esta efeméride, el Papa Francisco ha concedido la gracia de poder ganar Indulgencia plenaria, desde el 7 de mayo de 2023 hasta el 5 de mayo de 2024.

Por ello, nuestro Obispo dispone la celebración de un Año Jubilar que sirva al incremento de la devoción a la Virgen María, de la fe y vida cristiana de los fieles, y de la renovación pastoral y misionera de las comunidades parroquiales de Castellón y de toda la Diócesis. Dicho Jubileo comenzó el pasado domingo con la Misa en la Basílica, y concluirá el día 5 de mayo de 2024.

Además, los requisitos para ganar Indulgencia Plenaria, también aplicable a las almas del purgatorio, son:

  • Que haya un verdadero arrepentimiento de los pecados.
  • Cumplir las tres condiciones: Confesión, Comunión y Oración por las Intenciones del Papa.
  • Participar como peregrinos en las celebraciones jubilares en la Basílica, en la Concatedral de Santa María o en las iglesias parroquiales de Castellón.
  • Además, “aquellos que, al menos, peregrinen a la Basílica y dediquen allí un conveniente espacio de tiempo a la meditación piadosa, concluyendo con el rezo del Padrenuestro, la recitación del Credo y la invocación a la Virgen María, nuestra Señora de Lledó”.

También podrán ganar Indulgencia Plenaria los ancianos, enfermos o aquellos fieles que no puedan salir de casa:

  • Si hay un verdadero arrepentimiento de los pecados.
  • Cumplir las tres condiciones lo antes posible: Confesión, Comunión y Oración por las Intenciones del Papa.
  • Deberán unirse espiritualmente a las celebraciones jubilares, “ofreciendo al Dios misericordioso sus oraciones, dolores y sufrimientos”.

Además, “la Bendición Apostólica con Indulgencia Plenaria será impartida al final de la Santa Misa Estacional, el día 5 de mayo de 2024, para todos los presentes que cumplan las condiciones acostumbradas”. Pero también podrán ganar la Indulgencia los fieles que reciban la Bendición Apostólica si cumplen dichas condiciones, aunque no puedan estar presentes en la Basílica del Lledó, si siguen la Misa a través de los medios de comunicación.

Por último, el Obispo solicita al Prior de la Basílica y a los sacerdotes que ofrezcan “la celebración individual del sacramento de la Penitencia, especialmente en la Basílica de Lledó”.

Puedes leer el Decreto AQUÍ

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Decreto: Año Jubilar de Lledó con ocasión del Centenario de la Coronación Pontificia de la imagen de la Virgen

9 de mayo de 2023/1 Comentario/en Noticias destacadas, Año Jubilar del Lledó, Decretos, Decretos 2023/por obsegorbecastellon

CASIMIRO LÓPEZ LLORENTE,

POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTÓLICA,

OBISPO DE SEGORBE CASTELLÓN

Para preparar y conmemorar fructuosamente el Centenario de la Coronación pontificia de la imagen de Santa María de Lledó, el 4 de mayo de 2024, solicitamos, el día 28 de diciembre pasado, al Papa Francisco, a través de la Penitenciaria Apostólica, que nos concediera la gracia de poder ganar la Indulgencia plenaria desde el 7 de mayo de 2023 al 5 de mayo de 2024. La Penitenciaría Apostólica, mediante sendos decretos de cuatro de mayo del año del Señor de veinte mil veintitrés, en virtud de las facultades especialísimas recibidas del Santo Padre nos ha concedido benignamente la gracia solicitada así como la facultad de impartir la Bendición Apostólica con Indulgencia plenaria el día que libremente determinemos.

A tenor de lo establecido en los decretos citados y de la facultad que nos confiere el derecho, por el presente

DISPONEMOS

1. Celebrar un Año Jubilar de Lledó que sirva al incremento de la devoción a la Virgen María, la Mare de Déu del Lledó, de la fe y vida cristiana de los fieles, y de la renovación pastoral y misionera de las comunidades parroquiales de nuestra Diócesis y,  en especial, de las de la Ciudad de Castelló.

2. El Año Jubilar de Lledó comenzará el día 7 de mayo de 2023 con la Santa Misa Estacional en la Basílica de Nuestra Señora de Lledó y concluirá con la Sabatina y Procesión en la misma Basílica, del día 5 de mayo de 2024.

3. Podrán obtener el don de la Indulgencia plenaria, aplicable también como sufragio por las almas del purgatorio, los fieles cristianos que estén verdaderamente arrepentidos de sus pecados, cumplan debidamente las condiciones acostumbradas (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Papa), y, dentro de las fechas citadas participen devotamente como peregrinos en la celebraciones jubilares en la Basílica, en la S.I. Concatedral de Santa María de Castelló o en las iglesias parroquiales de la Ciudad; y aquellos que, al menos, peregrinen a la Basílica y dediquen allí un conveniente espacio de tiempo a la meditación piadosa, concluyendo con el rezo del Padrenuestro, la recitación del Credo y la invocación a la Virgen María, nuestra Señora de Lledó. 

4. Podrán conseguir de igual modo la Indulgencia plenaria los ancianos, los enfermos y todos los que por una causa grave no pudieran salir de casa, si detestando todo pecado y con la intención de cumplir, cuanto antes le fuera posible, las tres condiciones acostumbradas (confesión sacramental, comunión eucarística participación y oración por las intenciones del Papa), se unieran espiritualmente a las celebraciones jubilares, ofreciendo a Dios misericordioso sus oraciones, dolores y sufrimientos.

5. La Bendición Apostólica con Indulgencia Plenaria será impartida al final de la Santa Misa Estacional, el día 5 de mayo de 2024, para todos los presentes que cumplan las condiciones acostumbradas. También podrán ganar la Indulgencia Plenaria, si cumplen dichas condiciones, los fieles que devotamente reciban la Bendición Apostólica, aunque no pudieran estar presentes físicamente en la Basílica de Lledó por una circunstancia razonable, si siguen la Santa Misa piadosamente a través de la retransmisión televisiva o radiofónica.

6. Siguiendo las indicaciones de la Penitenciaría Apostólica pido enca­recidamente al Prior de la Basílica y a los sacerdotes, dotados de facultades para confesar, que ofrezcan con ánimo generoso la celebración individual del sacramento de la Penitencia, especialmente en la Basílica de Lledó.

Ruego a Dios por intercesión de la Santísima Virgen que el Año Jubilar sea un verdadero año de gracia para la Ciudad de Castelló de la Plana y para toda nuestra Iglesia diocesana, que nos ayude a crecer en comunión y a la renovación espiritual, pastoral y misionera.

Dado en Castellón de la Plana, a cinco de mayo del Año del Señor de dos mil veintitrés.

+ Casimiro López Llorente

Obispo de Segorbe-Castellón

Doy fe.

Ángel E. Cumbicos Ortega

Canciller-Secretario General

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Decreto de nombramiento de sustitutos en el Consejo Presbiteral Diocesano

9 de enero de 2023/1 Comentario/en Noticias destacadas, Consejo Presbiteral, Decretos, Decretos 2023/por obsegorbecastellon

CASIMIRO LÓPEZ LLORENTE,

POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTOLICA,

OBISPO DE SEGORBE-CASTELLÓN

Transcurrido el periodo de cinco años para el que fue constituido el Consejo Presbiteral Diocesano por decreto de 18 de noviembre de 2017, debía procederse a la constitución de un nuevo Consejo. Por esta razón dispuse con fecha 19 de noviembre pasado que todos los interesados fueran convocados para la elección de los representantes en el Consejo Presbiteral de los diversos grupos de sacerdotes, a tenor de los cc. 496-499 del CIC y del art. 10 de los Estatutos del Consejo Presbiteral Diocesano de Segorbe-Castellón, así como de sus sustitutos a tenor del art. 15 de dichos Estatutos.

Habiéndose procedido a dicha elección conforme a derecho por los distintos grupos de sacerdotes; por el presente

NOMBRO Sustitutos del Consejo Presbiteral Diocesano de nuestra Diócesis de Segorbe-Castellón por un periodo de cinco años, a los sacerdotes:

– Rvdo. D. José Cebrián Cebrián, por el Arciprestazgo 1;

– Rvdo. D. Vicente J. Paulo Gómez, por el Arciprestazgo 3;

– Rvdo. D. Juan Crisóstomo Nangagahigo, por el Arciprestazgo 4;

– Rvdo. D. José Miguel Sala López, por el Arciprestazgo 6;

– Rvdo. D. Antonio Jesús Losas Latorre, por el Arciprestazgo 7;

– Rvdo. D. Manuel A. Agorreta Carrión, por el Arciprestazgo 8;

– Rvdo. D. José Garcia Fernández, por el Arciprestazgo 9;

– Rvdo. D. Francisco Francés Ibáñez, por el Arciprestazgo 10;

– Rvdo. D. Sergio J. Mendoza Esteban, por el Arciprestazgo 11;

– Rvdo. D. Pedro Segarra Martínez, por el Arciprestazgo 12;

– Rvdo. D. Salvador Prades Ten, por el Arciprestazgo 13;

– Rvdo. D. Servilien Ndagijimana, por el Arciprestazgo 14;

Según el art. 15 de los Estatutos del Consejo Presbiteral, los sacerdotes nombrados sustitutos ejercerán como miembros de pleno derecho del Consejo Presbiteral a todos los efectos en el caso de que los miembros a quienes sustituyen no puedan ejercer su condición de tales en el Consejo Presbiteral por imposibilidad física u otro impedimento notable o para el caso de su cese a tenor del art. 14 §§ 1-2 de los Estatutos.

.

Confiamos al Señor, el Buen Pastor, y a la Virgen de la Cueva Santa que todos ellos ejerzan su tarea en bien de la comunión, vida y misión de nuestra Iglesia Diocesana. Envíese copia a todos los nombrados, hágase público por los medios habituales y publíquese en el Boletín Oficial del Obispado.

Dado en Castellón de la Plana, a nueve de enero del Año del Señor de dos mil veintitrés.

+ Casimiro López Llorente

Obispo de Segorbe-Castellón

Doy fe,

Ángel E. Cumbicos Ortega

Canciller-Secretario General

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Decreto de nombramiento y constitución del Consejo Presbiteral Diocesano

9 de enero de 2023/1 Comentario/en Noticias destacadas, Consejo Presbiteral, Decretos, Decretos 2023/por obsegorbecastellon

CASIMIRO LÓPEZ LLORENTE,

POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTA SEDE APOSTOLICA,

OBISPO DE SEGORBE-CASTELLÓN

Transcurrido el periodo de cinco años para el que fue constituido el Consejo Presbiteral Diocesano por decreto de 18 de noviembre de 2017, debe procederse a la constitución de un nuevo Consejo Presbiteral. Por esta razón dispuse con fecha 19 de noviembre pasado que todos los interesados fueran convocados para la elección de los representantes en el Consejo Presbiteral de los diversos grupos de sacerdotes, a tenor de los cc. 496-499 del CIC y del art. 10 de los Estatutos del Consejo Presbiteral Diocesano de Segorbe-Castellón.

Habiéndose procedido a dicha elección conforme a derecho por los distintos grupos de sacerdotes y habiendo realizado las consultas pertinentes para nombrar los miembros de libre designación; por el presente

NOMBRO a los Miembros del Consejo Presbiteral Diocesano de Segorbe-Castellón, que, bajo nuestra presidencia, queda constituido para cinco años como sigue:

MIEMBROS NATOS:

  • Rvdo. D. Javier Aparici Renau, Vicario General;
  • Rvdo. D. Miguel Abril Agost, Vicario Episcopal de Pastoral;
  • Rvdo. D. Marc Estela Pujals, Vicario Episcopal para el Clero;
  • Rvdo. D. Vicente Borja Dosdá, Vicario Judicial;
  • Rvdo. D. Juan Carlos Vizoso Corbell, Rector del Seminario Mayor diocesano Mater Dei;
  • Rvdo. D. Pablo Vela de Marco, Rector del Seminario diocesano Redemptoris Mater;
  • Rvdo. D. Federico Caudé Ferrandis, Presidente del Cabildo Catedral;
  • Rvdo. D. Miguel Simón Ferrandis, Presidente del Cabildo Concatedral.

MIEMBROS ELEGIDOS:

  • Rvdo. D. Juan Francisco Amaro Agudo, por el Arciprestazgo 1;
  • Rvdo. D. Francisco Javier Phuch Pham Van, por el Arciprestazgo 2;
  • Rvdo. D. David Barrios Figueras, por el Arciprestazgo 3;
  • Rvdo. D. Juan Manuel Enrich Marín, por el Arciprestazgo 4;
  • Rvdo. D. José Manuel Agost Segarra, por el Arciprestazgo 5;
  • Rvdo. D. Albert Arrufat Prades, por el Arciprestazgo 6;
  • Rvdo. D. Manuel Martín Nebot, por el Arciprestazgo 7;
  • Rvdo. D. Ion Solozábal Iglesias, por el Arciprestazgo 8;
  • Rvdo. D. José Marín del Val, por el Arciprestazgo 9;
  • Rvdo. D. Antonio Sanfélix Forner, por el Arciprestazgo 10;
  • Rvdo. D. Juan Francisco Agost Agost, por el Arciprestazgo 11;
  • Rvdo. D. Jesús A. Chávez Sáenz, por el Arciprestazgo 12;
  • Rvdo. D. Oscar Bolumar Asensio, por el Arciprestazgo 13;
  • Rvdo. D. Héctor Gozalbo Gil, por el Arciprestazgo 14;
  • Rvdo. P. Augusto González González, O.S.A., por los religiosos;
  • Rvdo. P. Ángel Sánchez Sánchez, O.C.D., por los religiosos;
  • Rvdo. D. Eduardo García Salvador, por los sacerdotes jubilados.

MIEMBROS LIBREMENTE DESIGNADOS:

  • Rvdo. D. Sergio Juan Mendoza Esteban.
  • Rvdo. D. José Antonio Morales Moreno.

Confiamos al Señor, el Buen Pastor, y a la Virgen de la Cueva Santa que todos los consejeros ejerzan su tarea en bien de la comunión, vida y misión de nuestra Iglesia Diocesana. Envíese copia a todos los nombrados, hágase público por los medios habituales y publíquese en el Boletín Oficial del Obispado.

Dado en Castellón de la Plana, a nueve de enero del Año del Señor de dos mil veintitrés.

+ Casimiro López Llorente

Obispo de Segorbe-Castellón

Doy fe,

Ángel E. Cumbicos Ortega

Canciller-Secretario General

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D. Casimiro decreta que se proceda a la elección de los sacerdotes miembros del Consejo Presbiteral

21 de noviembre de 2022/0 Comentarios/en Noticias, Consejo Presbiteral/por obsegorbecastellon

El Consejo Presbiteral es un órgano colegial consultivo, obligatorio, que representa al presbiterio diocesano, y, a modo de senado del Obispo, le ayuda en el gobierno de la Diócesis.

Transcurrido el periodo de cinco años del tercer Consejo, D. Casimiro ha firmado un Decreto de convocatoria para la elección de los sacerdotes representantes en el nuevo Consejo Presbiteral, que pueden ser: miembros natos, miembros elegidos por los sacerdotes, o miembros designados por el Obispo.

De entre los miembros elegidos debe haber un sacerdote por cada arciprestazgo, un sacerdote sin cargo parroquial, dos sacerdotes religiosos sin cargo parroquial; y un sacerdote jubilado.

Así, D. Casimiro decreta que se proceda a la elección de estos miembros del Consejo Presbiteral, y que se haga antes del día 20 de diciembre del 2022, para lo que indica una serie de puntos a tener en cuenta.

Puedes lees el DECRETO de convocatoria AQUÍ

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💐🙏 El Obispo nos exhorta, en su carta semanal, a contemplar a la Virgen e imitarla en su fe, esperanza y caridad, porque ella dirige siempre nuestra mirada hacia Jesús; y nos ofrece y nos lleva a Cristo ✝️

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