CASIMIRO LÓPEZ LLORENTE,
POR LA GRACIA DE DIOS Y LA SANTA SEDE APOSTÓLICA,
OBISPO DE SEGORBE-CASTELLON,
El Arciprestazgo es la unión estable de varias parroquias cercanas entre sí para alentar y coordinar la acción pastoral común (cf. c. 374 § 2 CIC). Desde la actual configuración territorial de nuestra Diócesis de Segorbe-Castellón en 1960, mis predecesores llevaron a cabo diversas configuraciones de los Arciprestazgos (cf. BO Obispado de Segorbe-Castellón, 1973, p. 109; 1974, p.7; 1976, pp. 223-224; 2000, p. 192), que han sido muy útiles para llevar a cabo una actividad pastoral común.
Teniendo en cuenta la actual situación de algunas parroquias, su atención pastoral, la mejora de las comunicaciones y así la relación eclesial y social entre ellas, consideramos necesaria una nueva remodelación de los Arciprestazgos.
Considerando que la Comisión Diocesana de Parroquias, reunida en fecha 8 de enero de 2020, propuso una serie de modificaciones en la composición de los Arciprestazgos de nuestra Diócesis y oído el Consejo Presbiteral, en sesión ordinaria del pasado 15 de junio de 2021;
Y deseando que una nueva reestructuración de los Arciprestazgos ayude a la coordinación de la acción pastoral y con el fin de lograr un mejor servicio a la misión evangelizadora de la Iglesia, en virtud de las facultades que me confiere el Derecho, a tenor de lo establecido en el canon 374 § 2 del Código de Derecho Canónico, por el presente
DECRETO
1. Que las parroquias de San Bernardo Abad de Montán, de Ntra. Sra. de los Ángeles de Puebla de Arenoso y de La Natividad de Ntra. Sra. de Ludiente, se incorporen al Arciprestazgo 9, “Nuestra Señora de la Esperanza”, de Onda.
2. Que la parroquia de San Miguel Arcángel de Sarratella se incorpore al Arciprestazgo 12, “San Juan Bautista”, de Albocácer.
3. Que las parroquias de Ntra. Sra. de los Desamparados de Els Ibarsos y de La Asunción de Ntra. Sra. de La Peletjana se incorporen al Arciprestazgo 13, “San Miguel Arcángel”, de Pla de l’Arc.
4. Que la parroquia de San Juan Bautista de San Juan de Moró se incorpore al Arciprestazgo 14, “San Vicente Ferrer”, de Lucena del Cid.
Así pues, los siguientes Arciprestazgos quedarán como sigue:
1. El Arciprestazgo 2, “San Antonio Abad”, de Jérica quedará integrado por las siguientes parroquias: San Pedro Apóstol de Barracas, Ntra. Sra. de los Ángeles de Bejís, La Transfiguración del Señor de Benafer, San Juan Bautista de Caudiel, Ntra. Sra. de los Ángeles de El Toro, Ntra. Sra. de los Ángeles de Fuente la Reina, La Purísima Concepción de Higueras, Santa Águeda de Jérica, Santa Catalina Mártir de Pavías, El Salvador de Pina de Montalgrao, Santiago Apóstol de Sacañet, Ntra. Sra. de la Esperanza de Teresa, Santa Quiteria de Torás, San Antonio Abad de Villanueva de Viver y Ntra. Sra. de Gracia de Viver. Junto con las demás iglesias, ermitas y lugares de culto que pertenecen a estas parroquias.
2. El Arciprestazgo 9, “Nuestra Señora de la Esperanza”, de Onda quedará integrado por las siguientes parroquias: San Miguel Arcángel de Alcudia de Veo, San Miguel Arcángel de Arañuel, San Joaquín y Santa Ana de Argelita, San Vicente Ferrer de Ayódar, Ntra. Sra. de los Ángeles de Bechí, San Bernardo Abad de Cirat, Ntra. Sra. de los Desamparados de El Tormo de Cirat, La Degollación de San Juan Bautista de Espadilla, La Asunción de Ntra. Sra. de Fanzara, San Roque de Fuentes de Ayódar, San Bernardo Abad de Montán, Santiago Apóstol de Montanejos, La Asunción de Ntra. Sra. de Onda, San Bartolomé de Onda, Virgen del Carmen de Onda, Ntra. Sra. de los Ángeles de Puebla de Arenoso, San Cristóbal de Ribesalbes, La Asunción de Ntra. Sra. de Sueras, San Juan Bautista de Tales, La Purísima Concepción de Toga, La Transfiguración del Señor de Torralba del Pinar, San Roque de Torrechiva, San Juan Evangelista de Vallat y Santo Domingo de Guzmán de Villamalur.
3. El Arciprestazgo 12, “San Juan Bautista”, de Albocácer quedará integrado por las siguientes parroquias: La Asunción de Ntra. Sra. de Ares del Maestre, San Bartolomé de Adzaneta del Maestrazgo, La Asunción de Ntra. Sra. de Albocácer, San Juan Bautista de Benafigos, La Asunción de Ntra. Sra. de Benasal, San Pedro Apóstol de Chodos, El Salvador de Culla, San Miguel Arcángel de Sarratella, San Bartolomé de Torre deEmbesora, Santa María Magdalena de Villafranca del Cid, San Lorenzo Mártir de Villar de Canes y La Asunción de Ntra. Sra. de Vistabella del Maestrazgo. Junto con las demás iglesias, ermitas y lugares de culto que pertenecen a estas parroquias.
4. El Arciprestazgo 13, “San Miguel Arcángel”, de Pla de l’Arc quedará integrado por las siguientes parroquias: La Asunción de Ntra. Sra. de Benlloch, San Bartolomé de Borriol, San Juan Bautista de Cabanes, La Asunción de Ntra. Sra. de Cuevas de Vinromá, Ntra. Sra. de los Desamparados de Els Ibarsos, Ntra. Sra. de los Ángeles de La Barona, La Asunción de Ntra. Sra. de La Peletjana,San Miguel Arcángel de Puebla Tornesa, San Bartolomé de Sierra Engarcerán, Santa Quiteria de Torre Endoménech, San Juan Bautista de Vall d’Alba, La Asunción de Ntra. Sra. de Villafamés y San Bartolomé de Villanueva de Alcolea. Junto con las demás iglesias, ermitas y lugares de culto que pertenecen a estas parroquias.
5. El Arciprestazgo 14, “San Vicente Ferrer,” de Lucena del Cid quedará integrado por las siguientes parroquias: La Asunción de Ntra. Sra. de Alcora, San Joaquín y Santa Ana de Araya, San Pedro Apóstol de Castillo de Villamalefa, Ntra. Sra. de los Ángeles de Cortes de Arenoso, San Pedro Mártir de Verona de Costur, San Mateo de Figueroles, La Asunción de Ntra. Sra. de Lucena del Cid, San Vicente Ferrer de San Vicente de Piedrahita, San Juan Bautista de San Juan de Moró, La Transfiguración del Señor de Useras, La Natividad de Ntra. Sra. de Villahermosa del Río y La Transfiguración del Señor de Zucaina. Junto con las demás iglesias, ermitas y lugares de culto que pertenecen a estas parroquias.
La configuración del resto de los Arciprestazgos queda como es en la actualidad.
El presente Decreto entrará en vigor el día de uno de Enero de 2022.
Publíquese en el Boletín Oficial del Obispado, en la página web del mismo, envíese a las parroquias afectadas y a los Sres. Arciprestes de los Arciprestazgos afectados, y guárdese una copia en el Archivo General de la Secretaría General.
En Castellón de la Plana, a 6 de diciembre del Año del Señor de 2021.
+Casimiro López Llorente
Obispo de Segorbe-Castellón
Doy fe,
Ángel E. Cumbicos Ortega
Canciller-Secretario General