El Obispo, D. Casimiro, aprueba el Estatuto de la Curia Diocesana
«Habiendo consultado al Consejo Episcopal de Gobierno y al Consejo Presbiteral diocesano», el Obispo de la Diócesis, D. Casimiro López Llorente, ha aprobado el Estatuto de la Curia Diocesana de Segorbe-Castellón, que consta de 7 Títulos y 114 artículos, y que entrará en vigor el día 1 de julio de 2021, siendo su objetivo «organizar la actividad de los colaboradores inmediatos del Obispo en el ejercicio de su ministerio pastoral de la manera más adecuada a las necesidades de nuestra Diócesis y a las exigencias de nuestro tiempo».
Según el Código de Derecho Canónico, la Curia diocesana es el conjunto de organismos y de personas determinados por la ley de la Iglesia universal, y en congruencia con ella por el Obispo diocesano para su diócesis, que de forma estable colaboran directamente con el Obispo en el gobierno de toda la diócesis, principalmente en la dirección de la actividad pastoral, en la administración de la diócesis y en el ejercicio de potestad judicial.
Tal y como se señala en la Introducción del mismo Estatuto, las funciones de la Curia, lejos de constituir una dimensión puramente burocrática, son también de naturaleza pastoral, siendo un instrumento al servicio del Obispo, por lo tanto de toda la Diócesis, como «un medio para fomentar la unidad, la comunión y la coordinación en la vida y misión de la Iglesia particular».
El derecho de la Iglesia establece su estructura básica, ofreciendo un amplio margen para que su organización y actividad pueda adaptarse a las necesidades de cada Diócesis, tal y como se indica en el Directorio para el ministerio pastoral de los Obispos, Apostolorum successores.
Los Títulos son los siguientes:
- Título I: Normas Generales, principios de organización de la Curia.
- Título II: El Moderador de la Curia, el Vicario General y los Vicarios Episcopales.
- Título III: Sección General de la Curia Diocesana.
Presidida y dirigida por el Vicario General, de acuerdo a la directrices del Obispo, está integrada por:
- Vicaría General.
- Cancillería-Secretaría General.
- Administración diocesana y Ecónomo diocesano.
- Delegación de Patrimonio Cultural
- Delegación de Medios de Comunicación Social.
- Oficina para las Causas de los Santos.
- Título IV: Sección Especial de Pastoral.
Integrada por Delegaciones y Secretariados, a través de las cuales se explicitarán y desarrollarán las acciones pastorales propias de cada ámbito de la acción pastoral.
- Delegación diocesana para los Laicos: están bajo el cuidado de esta Delegación, entre otros, la Acción Católica General, la Hermandad Obrera de Acción Católica, la Fraternidad diocesana de personas con discapacidad, Manos Unidas, Cursillos de Cristiandad, Vida ascendente, el Camino Neocatecumenal en la diócesis, la Renovación carismática, la Fraternidad franciscana seglar, Comunión y Liberación, la Asociación Católica de Propagandistas y los Focolares.
- Delegación diocesana para la Vida Consagrada: para la atención y el servicio de los institutos de vida consagrada, activa y contemplativa, sociedades de vida apostólica, institutos seculares, vida eremítica, vírgenes consagradas, nuevas formas de vida consagrada, asociaciones de fieles erigidas para convertirse en institutos de vida consagrada o sociedades de vida apostólica.
- Delegación diocesana para el Clero.
- Comisión Diocesana para el Diaconado Permanente.
- Delegación diocesana para la Catequesis y el Catecumenado.
- Delegación diocesana para la Enseñanza.
- Delegación diocesana para la Pastoral universitaria y la Cultura.
- Delegación diocesana para la Pastoral Vocacional.
- Delegación diocesana para la Infancia y la Juventud.
- Delegación diocesana para la Pastoral de la Familia y Defensa de la Vida.
- Delegación diocesana para la Pastoral de la Salud.
- Delegación diocesana para las Misiones y la Cooperación con las Iglesias.
- Delegación diocesana para las Relaciones Interconfesionales y el Diálogo Interreligioso.
- Delegación diocesana para la Liturgia y la Espiritualidad.
- Secretariado diocesano para las Cofradías y Hermandades.
- Secretariado diocesano para la Piedad Popular, los Santuarios y las Peregrinaciones.
- Delegación diocesana para Pastoral Caritativa y Social. Presidida por el Delegado, que será a la vez Delegado Diocesano en Cáritas.
- Secretariado diocesano para la Pastoral del trabajo.
- Delegación diocesana para la Pastoral Penitenciaria.
- Delegación diocesana para las Migraciones y la Movilidad humana.
- Secretariado diocesano Stella Maris para el Apostolado del Mar.
- Secretariado diocesano para las Migraciones.
- Secretariado diocesano para la Movilidad humana.
- Título V: La Sección Judicial.
- Título VI: Oficina para la recepción de informaciones o denuncias sobre abusos sexuales.
- Título VII: Organismos asesores del Obispo diocesano.
- Consejo Episcopal de Gobierno.
- Colegio de Consultores.
- Consejo Presbiteral.
- Consejo diocesano de Pastoral.
- Consejo diocesano de Asuntos Económicos.
- Colegio de Arciprestes.